Requerimientos AEAT a particulares

Hacienda puede requerir a un particular datos con trascendencia tributaria, sin necesidad de que dichos requerimientos se realicen en el ámbito de un procedimiento de inspección o de comprobación.

Y existe la obligación de contestar e informar, dándose en los últimos años un incremento en los requerimientos de Hacienda a particulares sobre servicios contratados por ellos, con el objetivo de detectar operaciones no declaradas.

¿Cuáles son los casos mas habituales y que información requiere la Inspección?

 

           BODAS Y EVENTOS

Hacienda suele realizar estos requerimientos cuando tiene conocimiento de eventos de elevado coste donde pueden haber intervenido varios empresarios o profesionales. Las bodas es el supuesto mas habitual, en cuyo caso se suele requerir a los recién casados información de los servicios contratados y de las empresas que lo han prestado (catering, alquiler de carpas, orquesta, etc), así como copia de las facturas por dichos servicios y los medios de pago utilizados (talón, transferencia, efectivo…)

 

           COMPRAVENTA DE INMUEBLES

En estos casos la Inspección requiere al particular los datos de la operación, así como la relación de profesionales que han intervenido (tasadores, arquitectos…) y los importes satisfechos

 

            ALQUILERES

Hacienda también suele hacer requerimientos a particulares que viven en viviendas alquiladas, solicitando quien es el arrendador, la fecha de inicio del arrendamiento y la forma de pago, y donde podrán pedir copia del contrato y de los últimos recibos

 

Respecto de estas actuaciones, y como ocurre con las empresas, los particulares también pueden ser sancionados si no atienden las mismas, con multas que pueden ascender a los 600 euros

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